Promoambiental cobrará $118 mil millones de pesos a los bogotanos por barrido no autorizados en la capital

Desde hace tres años en Bogotá se viene presentando una serie de irregularidades que afecta gravemente el bolsillo de los bogotanos, los recursos púbicos de la ciudad y que pone en riesgo el servicio de barrido de las calles capitalinas y, a pesar de que las autoridades competentes están al tanto de la situación, estas no han tomado medidas de fondo que permitan parar esta situación y subsanar el daño hecho por la empresa Promoambiental. 

Desde el 2019 la empresa ha reportado actividades de barrido no autorizados en el contrato de concesión al cobrar 273.177 de los 136.244 kilómetros asignados por el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Regional (PGIRS), lo que eleva la tarifa a los 740.000 usuarios de Usaquén, Chapinero, La Candelaria, Santa Fe, San Cristóbal, Usme y Sumapaz en aproximadamente $2000 mensuales por usuario; cifra que, calculada sobre los 96 meses de vigencia del contrato, son $118 mil millones de pesos que serán asumidos por los habitantes de estas áreas. 

Todo comenzó cuando a través de la licitación pública UAESP-LP-002-2017, que abrió la Unidad Administrativa Especial De Servicios Públicos (UAESP), como entidad encargada de la prestación y supervisión de los servicios públicos en Bogotá, se determinó que Lime, Promoambiental, Ciudad Limpia, Bogotá Limpia y Área Limpia serían las empresas prestadoras del servicio público de aseo en Bogotá a las cuales se les asignaron Áreas De Servicio Exclusivo (ASE) en las 20 localidades de la ciudad.

Fueron entonces cinco los contratos que se suscribieron, uno para cada empresa participante en la licitación, los cuales iniciaron en el 2018 con la prestación de servicio público de aseo de Bogotá. En dichos documentos se establecieron las áreas de prestación del servicio en las localidades asignadas a cada empresa, siendo específicos con los lineamientos expuestos en el PGIRS de la ciudad de Bogotá como las longitudes de kilómetros, cantidades y frecuencias para la actividad de barrido.

Con el contrato firmado por todas las empresas prestadoras del servicio público de aseo, atendiendo la metodología tarifaria expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), se acordó que los ingresos obtenidos por la tarifa del servicio de aseo que pagan los usuarios, junto con la factura de energía o agua, serían la única fuente de remuneración para los concesionarios, posterior a la liquidación del cálculo tarifario cada empresa prestadora de servicio (kilómetros, cantidades y frecuencia).

La remuneración acordada en las concesiones, para el componente de barrido, sería el recaudo total del valor pagado dividido por los usuarios de cada zona de prestación, tomando la información que se reporta por cada empresa en toda la ciudad; además, que las tarifas se calcularían conforme a la metodología de la CRA, la cual ha sido clara en que no se pueden incluir en este cobro cantidades de kilómetros  superiores a las ya definidas en el PGIRS del distrito.

En el 2021 la empresa Promoambiental presentó ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio una demanda arbitral solicitando que el valor remunerado por el concepto de barrido estuviera asociado a los kilómetros gestionados en su área y no al valor que pagan los usuarios a las zonas establecidas en el PGIRS, al considerar que el número de usuarios es inferior a los kilómetros que barren y no era equivalente.

La decisión del tribunal de arbitramento, desequilibró la liquidación a las otras empresas y las tarifas cobradas a los usuarios de toda la capital, dado que los datos para el cálculo de las tarifas del componente de barrido incorporan la información de todas las Áreas de Servicio Exclusivo (ASE) de la ciudad; por lo que Lime, Ciudad Limpia, Bogotá Limpia y Área Limpia, han tomado la determinación de que no se tendrán en cuenta los reportes de Promoambiental para realizar el cálculo tarifario total, realizando su facturación con las cantidades de kilómetros contenidas en el PGIRS y no con las informadas por Promoambiental, pues, de ser consideradas, la tarifa actual aumentaría en un 126 % para todos los usuarios de Bogotá.

El asunto en cuestión se ha puesto en conocimiento a la Superservicios, entidad encargada de vigilar y controlar las entidades y empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios por parte de Lime; sin embargo, su intervención no ha sido oportuna para garantizar el equilibrio y competencia de las empresas prestadoras del servicio público de aseo en Bogotá y, el cobro justo y oportuno a los usuarios atendiendo la normativa vigente, por lo que se inició una acción popular en defensa de los usuarios.

Actualmente, la UAESP y la Interventoría se han pronunciado al respecto considerando esto como irregular, por lo que se ha iniciado un proceso sancionatorio en contra de Promoambiental por parte de la Unidad Administrativa para alertar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios como ente encargado para ejercer el control tarifario de esta empresa.

Además, con el objetivo de que todas las entidades involucradas en el control, vigilancia y cumplimiento de los servicios de aseo en la ciudad de Bogotá ejecuten de manera eficiente y legítima sus funciones, se ha presentado ante los organismos jurídicos competentes una Acción de cumplimiento para que Promoambiental haga el reporte de su gestión según lo previsto en el PGIRS del distrito para el cálculo correcto de las tarifas, la cual ya ha sido admitida a trámite por un Juez Administrativo.

Lo preocupante de la situación es que, al término del contrato en el 2026, los $118 mil millones de pesos que se calculan a partir de las sumas excesivas de cobro por el servicio no sean retribuidas a los usuarios, generando grandes utilidades a Promoambiental, la cual ha sacado provecho de la situación al no ser obligada a ajustar los cobros a los usuarios por los entes competentes.

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