La decisión del Tribunal Administrativo de Bogotá se tomó debido a que los demandantes no demostraron que continuar con la investigación pueda generar un perjuicio irremediable e inminente para las víctimas.
La tutela se interpuso por la presunta participación del expresidente en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, luego de que se negara la solicitud de preclusión hecha por la Fiscalía y se ordenara volver a investigar a Uribe por su supuesta manipulación a testigos.
“Los accionantes no demostraron que continuar con la investigación pueda generar un perjuicio irremediable e inminente para las víctimas. Sin embargo, el esclarecimiento de la verdad no puede quedar sin término. Por ello se aplicará, por resultar pertinente, el plazo previsto en el artículo 294 del Código de Procedimiento Penal. Así se hará saber en la parte resolutiva”, puntualizó el Tribunal.
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