Abecé de medida de pico y cédula que opera desde este lunes en Bogotá

Abecé de medida de pico y cédula que opera desde este lunes en Bogotá
Abecé de medida de pico y cédula que opera desde este lunes en Bogotá

Ante la preocupante velocidad de contagios por covid-19 en la ciudad, la alcaldesa mayor de Bogotá, Claudia López, anunció que a partir del próximo lunes 21 de diciembre y hasta el próximo 15 de enero se retomará la medida de pico y cédula, y solo un miembro por núcleo familiar podrá salir a hacer compras. Lea este abecé que se irá complementando cada vez que haya claridades sobre la medida.

Regirá a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del 21 de diciembre de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a. m.) del 16 de enero de 2021.

¿En qué establecimientos regirá?

En todos aquellos abiertos al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano en entidades públicas y prestación de cualquier otro tipo de servicios.

Están exceptuados los servicios de salud, farmacia y servicios funerarios.

¿Cómo es el permiso según el número de cédula?

1. En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.

2. En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.

¿Cómo opera la medida para hacer mercado?

Solo se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes y servicios. El control de esta medida estará en cabeza de los establecimientos de comercio o entidades públicas según corresponda y su incumplimiento acarreará las sanciones aplicables conforme a la Ley 1801 de 2016.¿Qué excepciones hay para que asistan más personas?

La medida no aplicará en los siguientes casos:

a) Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.

b) La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.

c) Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.

d) La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998.¿El pico y cédula aplicará en los restaurantes de Bogotá?

Sí, la medida de pico y cédula que regirá en Bogotá entre las 00:00 horas del 21 de diciembre de 2020 y hasta el 15 de enero de 2021 también cobijará a los restaurantes. Es decir, en los días impares no podrán acceder a restaurante las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar. De igual manera, en los días pares no podrán entrar a los restaurantes las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.

Esto se debe a que la medida de pico y cédula, según quedó estipulado en el decreto 293 de 2020, aplica para el «ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios».

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Crea un sitio web o blog en WordPress.com

Subir ↑

A %d blogueros les gusta esto: